Defensa en casos de robo, hurto, estafa, usurpacion y danos. Proteccion de sus derechos patrimoniales con estrategia legal solida.
Los delitos contra la propiedad son los mas frecuentes en el sistema penal costarricense. Abarcan cualquier conducta que lesione el patrimonio ajeno, desde el hurto simple hasta esquemas complejos de estafa. El Titulo VII del Codigo Penal (Ley 4573) tipifica estas conductas con penas que van desde meses hasta 15 anos de prision.
La defensa efectiva en estos casos requiere analizar con precision los elementos del tipo penal: la existencia del apoderamiento, la ajenidad del bien, la ausencia de consentimiento y, en el caso del robo, la violencia o intimidacion. Muchas acusaciones pueden desvirtuarse demostrando que faltan elementos esenciales del delito.
El Lic. Morales tiene amplia experiencia en la defensa de delitos patrimoniales, incluyendo casos de reclasificacion de robo a hurto, absoluciones por falta de prueba y acuerdos reparatorios que evitan el juicio y los antecedentes penales.
Apoderamiento de bienes ajenos mediante violencia o intimidacion. El robo agravado incluye uso de armas, pluralidad de autores o allanamiento.
Apoderamiento de bienes sin violencia ni intimidacion. Incluye hurto simple, hurto agravado y hurto de uso.
Obtencion de un beneficio patrimonial mediante engano, simulacion o ardid. Incluye estafa informatica y estafa mediante cheque.
Despojo o perturbacion de la posesion de inmuebles ajenos. Invasion de terrenos, alteracion de linderos y turbacion de la posesion.
Destruccion o deterioro de bienes ajenos, ya sea de forma dolosa o culposa. Incluye danos agravados a bienes publicos.
Obligar a una persona mediante amenaza o violencia a realizar una disposicion patrimonial en perjuicio propio o de tercero.
Hurto simple. El agravado puede alcanzar 5 anos.
Robo simple. El agravado con armas hasta 15 anos.
Segun monto y circunstancias agravantes.
Penas mayores si hay organizacion criminal.
Demostrar que los hechos no configuran el delito acusado sino uno de menor gravedad. Por ejemplo, que un supuesto robo fue en realidad un hurto (sin violencia), reduciendo drasticamente la pena.
Negociar con la victima una reparacion integral del dano para obtener el sobreseimiento. En delitos patrimoniales de menor gravedad, esta es a menudo la mejor salida.
Demostrar que la acusacion no prueba todos los elementos del delito: apoderamiento efectivo, ajenidad del bien, ausencia de consentimiento o animo de lucro.
Cuestionar los reconocimientos fotograficos y en fila, que son una de las principales fuentes de error judicial en delitos patrimoniales.
En materia penal, el tiempo es crucial. Cada hora que pasa sin representacion legal puede afectar el resultado de su caso. Contactenos hoy mismo.